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DDU 351 / CIRCULAR ORD. N° 0167 - Decreto N°50 (V. y U.) de 2015, que modifica D.S. N°47 (V. y U.), de 1992 OGUC, en materia de Accesibilidad Universal.

De conformidad a lo establecido en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), se ha estimado necesario emitir la presente Circular con el propósito de impartir instrucciones respecto de la aplicación del Decreto N° 50 de 2015, publicado en el Diario Oficial el 04.03.2016, que modificó la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), en el sentido de actualizar sus normas a las disposiciones contenidas en la Ley N° 20.422 sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.  

Sistema de Certificación Edificio Sustentable (CES): Manual Evaluación y Calificación

El presente Manual de Evaluación y Calificación permite medir, calificar y posteriormente certificar, el grado de eficiencia energética y sustentabilidad ambiental de un edificio, entendiendo ésta como la capacidad de lograr niveles adecuados de calidad ambiental interior, con uso eficiente de recursos y baja generación de residuos y emisiones.  El sistema de certificación podrá ser aplicado a “edificios de uso público” y sin diferenciar propiedad y/o administración pública o privada, tanto nuevos como existentes. El objetivo de la certificación es que una tercera parte independiente verifique que las características del edificio a certificar cumplen con los requerimientos definidos en este manual.